Las dos mujeres sancionadas mostraron un cartel a favor del derecho al aborto al paso de la manifestación antiabortista que tuvo lugar el pasado viernes 27 de marzo en Sevilla.
Según la denuncia este hecho supone una infracción contra la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. En la sección de infracciones, el artículo 23 de esta ley en su apartado H establece como hecho punible “La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana”.
Mientras que las vallas publicitarias antiabortistas con el famoso niño y el lince -que no está protegido ya que se trata de un lince siberiano y no un lince ibérico en peligro de extinción- son pagadas por todos a través de la financiación pública a la iglesia católica, los carteles mostrados por estas mujeres habían sido costeados por ellas mismas.
Por otra parte, la costosa campaña de la iglesia podría entenderse como “La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana”, motivando a estas mujeres a mostrar sus pancartas a favor del derecho a decidir sobre su propio cuerpo.Finalmente el hecho denunciado no provocó más alteración a la seguridad ciudadana que los insultos y abucheos por parte de los antiabortistas a estas mujeres, con frases como “tu madre sí que debería haber abortado” que curiosamente entran en contradicción con las reivindicaciones de los manifestantes admitiendo, al menos, la moralidad y legalidad de un aborto selectivo.
1 comentario:
Genial la primera imagen (me la robé para mi post, con los créditos respectivos, claro) y excelente tu análisis. Aquí recién se está debatiendo el aborto terapéutico, cuando el debate debería ser uno solo: la libertad de decidir.
Saludos desde Perú.
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