
Según la denuncia este hecho supone una infracción contra la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. En la sección de infracciones, el artículo 23 de esta ley en su apartado H establece como hecho punible “La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana”.
Mientras que las vallas publicitarias antiabortistas con el famoso niño y el lince -que no está protegido ya que se trata de un lince siberiano y no un lince ibérico en peligro de extinción- son pagadas por todos a través de la financiación pública a la iglesia católica, los carteles mostrados por estas mujeres habían sido costeados por ellas mismas.

Finalmente el hecho denunciado no provocó más alteración a la seguridad ciudadana que los insultos y abucheos por parte de los antiabortistas a estas mujeres, con frases como “tu madre sí que debería haber abortado” que curiosamente entran en contradicción con las reivindicaciones de los manifestantes admitiendo, al menos, la moralidad y legalidad de un aborto selectivo.
1 comentario:
Genial la primera imagen (me la robé para mi post, con los créditos respectivos, claro) y excelente tu análisis. Aquí recién se está debatiendo el aborto terapéutico, cuando el debate debería ser uno solo: la libertad de decidir.
Saludos desde Perú.
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